Aristegui 2015 “a todo volumen”

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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El volumen es la percepción subjetiva que el ser humano tiene de la potencia de un determinado sonido.

Como la intensidad de un sonido se define como la cantidad de energía (potencia acústica) que atraviesa por segundo una superficie, a mayor potencia, por tanto, mayor volumen. Sin embargo, no hay que confundir volumen con sonoridad, que es la percepción subjetiva de la intensidad.

Como la percepción del volumen sigue una escala logarítmica, el nivel de volumen se mide en decibelios y viene dado por el denominado nivel de potencia acústica.

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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“Aristegui” con el mismo volumen de siempre

Su salida de MVS solo le da más espacios, más foros, más presencia, más reconocimientos, más de todo, dejo de ser la comunicadora para pasar a convertirse en un ICONO de la comunicación , del referente de la historia en México. Carmen Aristegui cuenta con la simpatía de muchos personajes que no ven sus noticieros pero si admiran el nuevo personaje en el que se ha convertido… una especie de nueva esperanza de algo…

María del Carmen Aristegui Flores, más conocida como Carmen Aristegui (Ciudad de México, 18 de enero de 1964), es una periodista que ha dirigido programas de noticias en la radio y televisión mexicana.

Estudió la carrera de Ciencias de la Comunicación en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México aunque no se tituló de ninguna de estas. Participa conduciendo un noticiero en CNN en Español y como editorialista en la sección Opinión del periódico Reforma.

María del Carmen Aristegui Flores nació el 18 de enero de 1964 en la Ciudad de México. Es la quinta de siete hijos. Hija de Áurea Flores García y de Helios Aristegui Sebastián quien llegó a México a la edad de 7 años junto con su padre, José María Aristegui Laspiur y su familia, todos refugiados de la Guerra Civil Española, cuando se dio la derrota de la República y sobrevino el régimen de Francisco Franco. Esta guerra marcó, como a muchas otras llegadas entonces a México, a la familia de Aristegui, y fue ésa una de las razones por las que, según ella misma asegura, decidió dedicarse al periodismo y a la investigación de temas relacionados con lo político y lo social.

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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El 11 de marzo de 2015, Aristegui anunció la incorporación de Noticias MVS Primera Emisión a la iniciativa Méxicoleaks, sin embargo, la empresa desconoció dicho convenio, acusando a Aristegui de «abuso de confianza», al mismo tiempo despidiendo a dos reporteros e investigadores del noticiero, Daniel Lizárraga e Irving Huerta.

Durante la transmisión de Noticias MVS Primera Emisión del 13 de marzo de 2015, Aristegui señaló ante el micrófono su desacuerdo con el despido de los colaboradores del programa, señalando que su permanencia en el programa dependía de que ambos regresaran al mismo.20 En un comunicado emitido por MVS, el domingo 15 de marzo de 2015, la empresa informó el fin de la relación laboral con Carmen Aristegui.

Escribió para El Universal, en coautoría con Javier Solórzano, la columna Círculo rojo. Desde el 2013 contribuye como editorialista del periódico Reforma.

Participó como consejera electoral del Instituto Federal Electoral en las elecciones de Distrito Federal en 1997, cuando se eligió por primera vez al gobierno de la ciudad. Ha sido moderadora y conferencista en diversos foros académicos y universitarios a nivel nacional.

En 2004 portó brevemente la antorcha olímpica en el maratón global de países rumbo a Atenas

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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Investigaciones periodísticas relevantes..

Red de prostitución

Carmen Aristegui y su grupo de colaboradores dieron a conocer, a principios de abril del 2014, mediante un reportaje de MVS Noticias, una red de prostitución que operó por más de una década en el interior del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal.

Este reportaje conmocionó a la opinión pública, a los analistas y a todo el medio político del país, la cual informaba, mediante una grabación por parte de una reportera de Noticias MVS infiltrada en las oficinas del PRI-DF, cómo las mujeres eran enganchadas, seleccionadas y condicionadas a trabajar en una red de prostitución dirigida por Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, en ese entonces máximo dirigente del PRI en el DF

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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Pederastia clerical…

También abordó los casos en los que menores de edad fueron víctimas de abuso sexual por parte de sacerdotes, donde se vio involucrado el cardenal Norberto Rivera Carrera, acusado en la Corte Superior de California de conspiración internacional por su presunta protección del cura Nicolás Aguilar, acusado de pederastia.

La Suprema Corte de Justicia del Estado de California, en los Estados Unidos, declaró improcedente dicha demanda en 2009. Confirmaba así la sentencia emitida el 17 de octubre de 2007, por el Tribunal Superior de Justicia de Los Ángeles, California.

Carmen Aristegui investigó también la vida de Marcial Maciel y los numerosos casos de pederastia en los cuales se vio involucrado, e incluso extendió responsabilidades sobre Juan Pablo II y cuestionó de paso su beatificación

Aristegui 2015 “a todo volumen”

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 Investigación por conflicto de interés de Enrique Peña Nieto

En noviembre de 2014, la periodista dio a conocer una investigación de su equipo en donde habla de la presuntas implicaciones por la compra de la casa ubicada en Lomas de Chapultepec por un valor de 7 millones de dólares americanos entre Angélica Rivera y la constructora Grupo HIGA.

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Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

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Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

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Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

LA DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESION NO ADMITE DESCANSO.

Para tener libertad hay que merecerla. Para merecerla hay que trabajar por ella. La libertad no se alcanza de una vez y para siempre. La libertad debe cuidarse, debe cultivarse. Una vez que se pierde la libertad es muy cuesta arriba recuperarla. Es algo que no imaginaron los cubanos. Pregunten ahora a los venezolanos.

Es necesario extender en nuestros países la idea práctica de que la libertad de expresión es la primera y la protección de todas nuestras demás libertades. Cuando se pierde la libertad de expresión, enseguida se pierde la libertad económica, la libertad de creencias, la libertad política, la libertad de movimiento, etcétera.

Las dictaduras empiezan con suprimir la libertad de expresión.

Por eso destacamos las reuniones, como las de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), dedicadas, ante todo a diagnosticar oportunamente cómo anda la libertad de prensa y lo que la prensa puede hacer para superarse y servir mejor a la población, ejerciendo esas libertades que son el camino seguro a la prosperidad general.

Acabamos de asistir a la 71 asamblea general de la SIP que tuvo lugar en Charleston, Carolina del Sur, Estados Unidos. Más de 300 asistentes escuchamos, opinamos, discutimos durante cinco días temas tales como: crímenes contra periodistas, nivel de transparencia del gobierno de Obama, la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos en la era digital, concentración en la pro-piedad y control de medios, así como la libertad de expresión en internet.

Tuvimos oportunidad de presenciar una abierta discusión sobre la mejor forma de cubrir las malas noticias. Se partió del caso de la masacre en el templo Madre Emanuel, de Charleston, sucedido en junio pasado y que impactó en el mundo. Sobre la cobertura responsable opinaron periodistas locales, alcalde y jefe de policía de la ciudad, así como periodistas nacionales de Estados Unidos.

Igual se discutió sobre la futura presencia de mujeres en los cargos ejecutivos de los medios informativos, toda vez que han aumentado su participación como reporteras y editoras relevantes. Ahí escuchamos la docta opinión de periodistas de Cali, Miami y del mismo Charleston.

Se invitó al Premio Nobel de Literatura Mario Vargas Llosa para exponer el tema “Democracia y Libertad de Expresión” que desde siempre lo ha inquietado. Como no hay democracia sin libre expresión, promover el ejercicio cotidiano de esta libertad es clave para empujar adelante la democracia en nuestros países.

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Conviene repetir una y otra vez que la consolidación y desarrollo de la democracia depende de la existencia de la libertad de expresión, existencia que sólo puede identificarse con la práctica diaria, con el uso diario de esa libertad.

Quienes nos reunimos en esta Asamblea, concluimos en que violencia y censura se extienden por los países de la región. Aparte de los autoritarismos, se tiene la presión de las mafias del crimen organizado y las pandillas urbanas que afectan las libertades y por lo mismo el acceso a la democracia.
También se hizo el repaso semestral al estado de la libertad de prensa en el continente, incluyendo los casos negativos en Estados Unidos, donde también la atención respecto al estado de sus libertades debe ser constante.

Siendo la libertad de expresión el guardián de todas las demás libertades, resulta obvio que es tema de interés general, y que debería ser más conocido lo que se expone y analiza en las reuniones de la Sociedad Interamericana de Prensa.®

altacorporativo.com

Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

Gonzalo Leaño en SIP OCT 2015

Carmen Aristegui, el eje del periodismo

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui señaló este viernes 13 de Marzo de 2015 la importancia del derecho de la sociedad a saber y el trabajo de los colaboradores despedidos de la Unidad de Investigación de Noticias MVS, dado que se estaban realizando un reportaje sobre dos temas relacionados con conflictos de interés y derechos humanos en México: la casa de Luis Videgaray y el caso Tlatlaya.

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

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Carmen Aristegui 2015

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Bienvenidos a nuestras FANPAGES

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Cese de Aristegui 2015

Libertad de expresión y democracia

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001 Libertad de Exp en materia electoral

Una característica que parece estar presente en cualquier sistema autoritario es el control sobre lo que pueden y no pueden decir los ciudadanos. Por eso es que el grado de libertad de expresión que se disfruta en un país suele ser un indicador bastante fiable del avance democrático que se ha alcanzado.

En México lo sabemos bien, pues el pluralismo democrático que estamos viviendo ha repercutido de forma muy intensa en la ampliación de los márgenes para ejercer la libertad de expresión.

La libertad para decir y escribir lo que queramos, además de un indicador democrático, es también y sobre todo un derecho fundamental, es decir, un derecho que nos garantizan la Constitución y los tratados internacionales. Los encargados de proteger este derecho cuando ha sido violado son los jueces, concretamente los jueces federales en el caso de México.

Pero sucede, en ocasiones, que los encargados de proteger los derechos fundamentales –la libertad de expresión u otros- no saben cómo hacerlo o no tienen una idea correcta del lugar que tales derechos ocupan en la construcción de un Estado democrático. Esto es lo que ha sucedido en el caso del amparo promovido por Sergio H. Witz, que fue resuelto hace unos meses por la Primera Sala de la Suprema Corte de México, por una votación dividida de 3 votos contra 2.

En la sentencia del que ya es conocido como “Caso Bandera”[1], la Suprema Corte considera que no hay objeción constitucional al hecho de que a una persona se le siga en México y en pleno siglo XXI un proceso penal por la grave falta de haber escrito un poema. Lo grave del asunto consiste, según los Ministros de la mayoría, en que el poema contiene ciertas alusiones “escatológicas” y quizá un tanto groseras en contra de la bandera mexicana. Y eso les pareció suficiente como para que se le abriera un proceso penal por el delito de “ultrajes a los símbolos patrios”, lo que puede llevar al poeta a una pena de prisión de hasta cuatro años.

La sesión de la Corte donde fue votado el asunto alcanzó su clímax cuando el Ministro José de Jesús Gudiño leyó en voz alta el poema de Witz (lo que quizá ubicó al Ministro en el mismo supuesto penal que se le ha imputado a Witz, puesto que el Código Penal no distingue entre quienes sean autores directos de un escrito ultrajante y quienes lo reproduzcan “de palabra o de obra”). Para no quedarse atrás el Ministro Sergio Valls habló en su intervención oral sobre la baja calidad del poema, al que calificó de “pseudo-poema”, que atenta no solamente contra la bandera “sino contra la patria misma”.

La Ministra Olga Sánchez Cordero prefirió una ruta hermenéutica -por decirlo de alguna manera- alternativa, haciendo referencia a los niños que en las escuelas públicas saludan a la bandera todos los lunes (sic). La propia Ministra manifestó en referencia a la bandera nacional que “cualquier ultraje a la misma afecta la estabilidad y la seguridad de nuestra nación”. Algún observador podría hacer el siguiente razonamiento a partir de esta frase de la Ministra: el poema de Witz se publicó en el 2001, es decir, hace más de cinco años; ¿nos podría señalar alguno de los Ministros de la mayoría un solo hecho que acredite la afectación a la estabilidad y seguridad de la nación que se haya desprendido de la publicación del poema? Si nos pueden poner un solo ejemplo tendremos que reconocer lo acertado de su “razonamiento”.

Pero lo más seguro es que ese observador del debate judicial mexicano terminara por formular las siguientes preguntas: ¿puede sostenerse que una revista literaria del estado de Campeche tiene tal fuerza como para afectar a la seguridad de un país como México al publicar un poema de unas pocas líneas? Incluso más: en el extremo e improbable caso de que efectivamente la tuviera, ¿ese riesgo es suficiente para pretender callar a una persona que escribe poesía?

¿Cómo habrían reaccionado nuestros Ministros si en vez de enfrentarse a un poema de evidente mal gusto hubieran tenido que pronunciarse en un caso como el de los “Papeles del Pentágono” que la Corte de los Estados Unidos resolvió en los años 70 del siglo pasado? [2]

Al contrario de lo que sostuvo en ese caso la Suprema Corte, en el derecho comparado encontramos decisiones que han permitido la existencia de fuertes críticas en contra de símbolos u objetos a los que las sociedades de referencia les conceden una gran importancia. Esto es lo que sucede en los Estados Unidos, cuya Suprema Corte entendió que no se podía procesar a nadie por quemar una bandera norteamericana en público (en el caso Texas versus Johnson de 1989[3]). Unos años antes, la misma Suprema Corte estadounidense había fijado el estándar clásico en materia de libertad de expresión, en el caso New York Times versus Sullivan, en cuya sentencia el juez William Brennan escribió que todo sistema democrático requiere de un debate público abierto, robusto y desinhibido, lo que incluía la posibilidad de criticar duramente a los funcionarios públicos.

El Tribunal Constitucional Federal Alemán también ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre actos que, sin llegar a quemarla, podrían profanar o ser ofensivos para su bandera; se trataba de una fotocomposición que daba como resultado, en la contraportada de un libro antimilitarista, la imagen de un hombre orinando sobre la bandera alemana. El Tribunal consideró que dicha composición satírica estaba protegida por la libertad de expresión, ya que el núcleo expresivo de la misma era simplemente una crítica (aunque fuera en forma grosera o poco elegante) que era constitucionalmente admisible.

El mismo criterio de apertura fue sostenido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Última Tentación de Cristo”, en el que el Estado chileno fue condenado por violar la libertad de expresión al ejercer un sistema de censura previa contra la célebre película de Martin Scorcese. En esta sentencia , la Corte Interamericana sostuvo que “La libertad de expresión, como piedra angular de una sociedad democrática, es una condición esencial para que ésta esté suficientemente informada”.

La posibilidad de que todas las personas participen en las discusiones públicas es uno de los bienes más preciados para una sociedad, y constituye el presupuesto necesario para la construcción de una “racionalidad discursiva” (Habermas), que permita la generación de consensos y la toma de decisiones entre los componentes de los diversos grupos sociales, pero que también constituya un cauce para la expresión de los disensos, que en democracia son tan naturales (y necesarios) como los acuerdos.

La deliberación pública realizada en libertad es una de las características de los modernos regímenes democráticos, como ya se ha dicho. En palabras de Ignacio Villaverde, “en los Estados democráticos, la libre discusión es un componente jurídico previo a la toma de una decisión que afecta a la colectividad, e inexcusable para su legitimación… Sin una discusión libre no es posible una realización cabal del Estado democrático” [4]. Es por esto que algunos tribunales constitucionales de otros países han sostenido el “valor preferente” de la libertad de expresión frente a otros derechos fundamentales. En este sentido, por ejemplo, el Tribunal Constitucional español entiende que la vinculación que la libertad de expresión tiene con el pluralismo político le otorga “una valoración que trasciende a la que es común y propia de todos los derechos fundamentales” (Sentencia  104/1986).

Francisco J. Laporta, recordando un argumento de Alexander Meiklejohn, escribe sobre este punto que “la libertad de expresión no es una libertad más que pueda ponerse en la balanza al lado de otras libertades posibles para pesarla y contrapesarla con ellas, prevaleciendo en unos casos y quedando limitada en otros… No es una entre otras libertades, sino el fundamento de todo el orden político” [5].

La decisión de la Suprema Corte de México, lejos de proteger la libertad de expresión, la viola de forma contundente al instalar una especie de censura previa, si atendemos a la definición que de la misma hace Gregorio Badeni, un reconocido experto argentino en la materia; para Badeni, actualmente por censura se entiende “toda forma de control o restricción, tanto anterior como posterior a la emisión del pensamiento, e incluye a las imposiciones ideológicas generadoras de sanciones motivadas por su incumplimiento” [6]. Haría falta recordarles a los Ministros las palabras de Alexis de Tocqueville, quien sobre la censura escribía en La democracia en América lo siguiente [7]:

En un país donde rige ostensiblemente el dogma de la soberanía del pueblo, la censura no es solamente un peligro, sino un absurdo inmenso. Cuando se concede a cada uno el derecho de gobernar a la sociedad, es necesario reconocerle la capacidad de escoger entre las diferentes opiniones que agitan a sus contemporáneos, y de apreciar los diferentes hechos cuyo conocimiento puede guiarle. La soberanía del pueblo y la libertad de prensa son, pues, dos cosas enteramente correlativas: la censura y el voto universal son, por el contrario, dos cosas que se contradicen y no pueden encontrarse largo tiempo en las instituciones políticas de un mismo pueblo.

La libertad de expresión que de alguna forma involucra al gobierno o a los símbolos nacionales debe estar fuertemente protegida, lo que supone que la regulación y las sanciones que se pueden imponer a la misma deben ser observadas con mucho cuidado. Como afirma Cass Sunstein, “El gobierno no es tan digno de confianza cuando intenta controlar el discurso que puede dañar sus propios intereses; y cuando el discurso es político, éstos casi siempre entran en juego… tenemos motivos de mayor peso para desconfiar de la regulación gubernamental cuando se trata de temas políticos” [8]. En este supuesto se encuentra el caso que estamos comentando ya que por décadas el régimen político mexicano ha utilizado los símbolos patrios para sus propias necesidades de legitimación; mantenerlos “protegidos” a través del uso del Código Penal es algo inapropiado en cualquier Estado democrático y no solamente resulta sospechoso, sino que viola de manera directa las normas que tutelan la libertad de expresión, que en México no solo se encuentran en el artículo 6 constitucional, sino en diversos tratados internacionales que amplían de forma considerable el radio de protección de dicha libertad.

De lo dicho hasta aquí no se puede desprender, sin embargo, que la libertad de expresión no pueda ser limitada en modo alguno. Pero las limitaciones necesarias deben ser tales que respeten los principios básicos de una democracia constitucional. Para saber de qué manera y en qué supuestos podemos limitar la libertad de expresión conviene, de nuevo, dirigir la mirada hacia el derecho comparado. Si procedemos de esta manera nos daremos cuenta que en países con una sólida tradición a favor de la libertad de expresión no todos los discursos tienen la misma protección. Si revisamos, por ejemplo, el caso estadounidense veremos que es común en la doctrina norteamericana citar la expresión empleada por el juez de la Corte Suprema Oliver W. Holmes en la sentencia Schenk vs. United States de 1919, cuando sostuvo que no hay ninguna buena razón para tutelar la expresión falsa de una persona que grita “¡Fuego!” en un teatro lleno de gente. Para distinguir entre los discursos que merecen ser protegidos y aquellos que no la Corte, bajo las ideas del propio Holmes en el caso Schenk, ideó el test del peligro claro e inminente ( clear and present danger).

Bajo este parámetro, ninguna expresión –por más odiosa, equivocada o incorrecta que nos parezca- puede ser prohibida a menos que de ella deriva un peligro claro e inminente. Tal sería el caso de una persona que profiere amenazas de muerte a otra enfrente de testigos y en un lugar público. En este supuesto, desde luego, el ordenamiento jurídico puede regular y sancionar dicha expresión, pues supone un peligro claro e inminente para la vida o para la integridad física de una persona. Pero nada de eso existe cuando el objeto de crítica es un símbolo, por más importante que sea para muchas personas, tal como sucede en México con la bandera nacional.

Esperemos que nuestra Suprema Corte sepa rectificar su criterio y adopte los criterios internacionalmente aceptados en la materia, de manera que todos sepamos que en México se pueden escribir poemas, representar obras de teatro o pintar cuadros sobre el tema que sea, sin que por ello el autor esté amenazado con sanciones que lo pueden llevar a la cárcel.

Hay que recordar que precisamente l os tribunales constitucionales sirven para proteger a los disidentes individuales o no sirven para nada. Son esos disidentes incómodos, groseros, nada elegantes, provocativos, odiosos incluso (como para algunos debe ser Sergio H. Witz), los que deben estar protegidos por la libertad de expresión. Esto, y no otra cosa, es lo que da cuerpo y sentido real –más allá de los análisis académicos- al conocido axioma de que los derechos fundamentales son derechos “contramayoritarios”, razón por la cual no pueden quedar justamente librados a las decisiones de los poderes de la mayoría, sino que quedan bajo el resguardo último o límite de los tribunales constitucionales.

Además, la visión alternativa del mundo y de la vida que nos ofrece el pensamiento heterodoxo no solamente está protegida constitucionalmente, sino que es del todo necesaria desde un punto de vista político [9]. El pluralismo social, expresado en forma de poema de cualquier otra manifestación artística, es propio y característico de los sistemas democráticos y por tanto debe estar protegido por completo.

PELICULA PRESUNTO CULPABLE… Libertad de Expresión no es garantía de Evoluciones en un mejor sistema de justicia…


* Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Entre sus libros pueden mencionarse “Los derechos fundamentales en México” y “Una historia de los derechos fundamentales”.

[1] Un análisis de los detalles técnico-jurídicos del caso puede verse en Carbonell, Miguel, “Ultrajando a la Constitución. La Suprema Corte contra la libertad de expresión”, Isonomía, número 24, México, abril de 2006.

[2] En el caso de los “Papeles del Pentágono” estaba en juego la estrategia militar y diplomática de los Estados Unidos en Vietnam. La Corte de los EUA permitió que dos periódicos de alcance nacional (el New York Times y el Washington Post), dieran a conocer miles de documentos oficiales sobre el tema. Fue el caso New York Times versus United States, resuelto el 30 de junio de 1971.

[3] En la sentencia del caso Johnson la Corte sostuvo que quemar una bandera era nada más que una expresión simbólica. Según la Corte, es un principio inconmovible de la Constitución norteamericana que el gobierno no puede prohibir la expresión de una idea solamente porque la sociedad la encuentre ofensiva o desagradable; en la sentencia se afirma que el acto de quema de bandera que se juzgaba en ningún momento supuso una amenaza inminente para la paz social.

[4] Villaverde, Ignacio, Estado democrático e información: el derecho a ser informado, Oviedo, Junta General del Principado de Asturias, 1994, pp. 30-31.

[5] “El derecho a la información y sus enemigos”, Claves de razón práctica, número 72, Madrid, mayo de 1997, p. 14.

[6] Badeni, Gregorio, Tratado de libertad de prensa, Buenos Aires, Lexis-Necis, Abeledo-Perrot, 2002, p. 215.

[7] La democracia en América , México, FCE, 2001 (reimpresión), p. 199.

[8] Sunstein, Cass R., República.com. Internet, democracia y libertad, Barcelona, Paidós, 2003, p. 147.

[9] Ver, sobre el tema, el penetrante análisis de Sunstein, Cass R., Why societies need dissent, Cambridge, Harvard University Press, 2003.

Movimiento Yosoy132

El Movimiento YoSoy132 es un movimiento ciudadano conformado en su mayoría por estudiantes de educación superior en México, tanto de instituciones públicas como privadas que busca, entre otras demandas: la democratización de los medios de comunicación y la cobertura en cadena nacional del 2o. debate entre los candidatos a la Presidencia de México, además de la organización de un tercer debate. El nombre YoSoy132, se refiere principalmente, pero no exclusivamente, a la autoafiliación y apoyo al movimiento como el miembro número 132 tras la publicación de un vídeo con 131 estudiantes ejerciendo su derecho de replica.

Las protestas realizadas en contra del actual candidato a la Presidencia de México Enrique Peña Nieto han sido un detonante que ha puesto en marcha una cadena de manifestaciones que se han unido a este movimiento. A pesar de lo declarado en el Manifesto YoSoy132, en la práctica, no es claro cuantos movimientos han sido ya incluidos, por ejemplo #MarchaAntiEPN. Este movimiento también es llamado La Primavera Mexicana

ANTECEDENTES:

El 11 de mayo del 2012 en el Campus Ciudad de México de la Universidad Iberoamericana, el candidato presidencial de la coalición Compromiso por México (conformado por los partidos PRI y PVEMEnrique Peña Nieto presentó en el auditorio José Sánchez Villaseñor de dicha universidad su plataforma política ante cientos de estudiantes como parte del foro Buen Ciudadano Ibero.

Al final de su ponencia un grupo de estudiantes lo interpeló haciendo referencia a su mala actuación como Gobernador del Estado de México durante los acontecimientos del caso Atenco. Sobre este señalamiento el candidato respondió a los estudiantes:

«Antes de de concluir, aunque ya había, lo había hecho, voy a responder a esta cuestionamiento sobre el tema de Atenco, hecho que ustedes conocieron y que sin duda, dejó muy claro, la firme determinación del gobierno, de hacer respetar los derechos de la población del estado de México, que cuando se vieron afectados, por intereses particulares, tomé la decisión de emplear el uso de la fuerza pública para res restablecer el orden y la paz y que en el tema, lamentablemente hubo incidentes que fueron debidamente sancionados y que los responsables, y que los responsables, de los hechos, fueron consignados ante el poder judicial, pero reitero, reitero, fue una acción determinada personalmente, que asumo personalmente, para restablecer el orden y la paz, en el legitimo derecho que tiene el estado mexicano, de hacer uso de la fuerza pública, como además debo decirlo, fue validado por la suprema corte de justicia de la nación. muchas gracias».

Enrique Peña Nieto

Ante la respuesta del candidato los estudiantes comenzaron a gritar consignas en su contra. Al cabo de unos minutos el grupo creció coreando expresiones de rechazo y consignas en su contra, en tanto simpatizantes aplaudían y gritaban consignas a favor.

Como forma de eludir la entrada principal, que se encontraba bloqueado por alumnos que protestaban, el equipo de seguridad resguardó al candidato durante varios minutos en un baño de la universidad hasta trazar una ruta de escape, lo cual fue señalado al aire por locutores de Ibero 90.9.El candidato salió de la universidad en medio de un impresionante operativo de seguridad y rodeado de centenares de jóvenes con pancartas y máscaras de Carlos Salinas de Gortari que coreaban protestas en su contra.

El acontecimiento fue videograbado por varios estudiantes y dichos videos fueron publicados casi inmediatamente en las redes sociales.

Las principales cadenas televisivas del país, así como muchos periódicos nacionales matizaron la noticia bajo el argumento que aquella protesta no era una auténtica expresión de jóvenes universitarios y por el contrario era un boicot político. Además, el presidente nacional del PRI, Pedro Joaquín Codwell calificó a los estudiantes como:

«un puñado de jóvenes que no son representativos de la comunidad de la Ibero, asumió una actitud de intolerancia respecto a los planteamientos que hacia nuestro candidato, y pues frente a eso, rescató la reacción de Peña Nieto, me gusto mucho […]» .

Pedro Joaquín Coldwell

Por su parte, el senador Arturo Escobar y Vega, coordinador de Senadores del Partido Verde Ecologista de México, en una entrevista telefónica realizada por Yuriria Sierra dentro del noticiero Cadena Tres. declaró:

«hay un grupo ahí de de, no quiero decir jóvenes oiga, por que ya estaban mayorcitos, cálculo de 30 a 35 años para arriba, incitando, era un grupo minoritario, no pasaban de 20 personas, incitando un poco a crear un escándalo, la cosa no pasó ha mayores, pero si hubo, pasaron de la pasión de de la fisión sobre otro candidatos a los insultos y hubo en algún momento, que inclusive hubo amagos de de agresión física […] yo estudié en la Ibero, Yuriria, es una universidad plural dónde se respeta absolutamente la diferencia de opinión y estoy convencido de que aquellos que abanderaron o la mayoría de los que abanderaron esta parte final del acto no son estudiantes de la Ibero […] la información que se nos da al final es que grupos cercanos a Andrés Manuel López Obrador la tarde de ayer estuvieron promoviendo y organizando este tipo de, a estos jóvenes para que provocaran al candidato […] las pruebas son la narrativa de algunos jóvenes en la universidad por que yo me quedé todavía un par de horas más, Yuriria, en la universidad y me dieron esa información […]»

Arturo Escobar y Vega

En el mismo contexto, Emilio Gamboa Patrón, líder nacional de la Confederación de Organizaciones Populares y exestudiante de la Ibero, declaró:

«[…] fue un boicot, una trampa, una actitud “porril” provocadora, pero el candidato no cayó en eso»

Emilio Gamboa Patrón

Ante estos señalamientos, 131 jóvenes publicaron un vídeo en Internet en dónde mostraban las credenciales que los acreditaban como estudiantes de dicha universidad respondiendo:

«[…] estimados Joaquín Coldwell, Arturo Escobar, Emilio Gamboa, así como medios de comunicación de dudosa neutralidad, usamos nuestro derecho de réplica para desmentirlos, somos estudiantes de la Ibero, no acarreados, no porros, y nadie nos entrenó para nada […]»

131 estudiantes

Los siguientes minutos, los 131 jóvenes dan su nombre, número de cuenta y la carrera en la que estudian y afirman no pertenecer a ningún partido político, además de defender el carácter estudiantil de la protesta. Seis horas después de su publicación, el video había sido reproducido por 21 mil 747 usuarios de esa red social. A raíz de este video las redes sociales comenzaron a mostrar su apoyo a los 131 estudiantes bajo el eslogan YoSoy132.

Manifiesto

El 23 de mayo de 2012 el movimiento da a conocer su declaratoria

Entre los puntos que destacan, figuran los siguientes:

Primero.- Somos un movimiento ajeno a cualquier postura partidista y constituido por ciudadanos. Como tal, no expresamos muestras de apoyo hacía ningún candidato o partido político, pero respetamos la pluralidad y diversidad de los integrantes de este movimiento. Nuestros deseos y exigencias se centran en la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información de los mexicanos, en el entendido de que ambos elementos resultan esenciales para formar una ciudadanía consciente y participativa. Por lo mismo, promovemos un voto informado y reflexionado. Creemos que, en las circunstancias políticas actuales, el abstencionismo y el voto nulo son acciones ineficaces para avanzar en la construcción de nuestra democracia. Somos un movimiento preocupado por la democratización del país y, como tal, pensamos que una condición necesaria para ella, involucra la democratización de los medios de comunicación. Esta preocupación se deriva del estado actual de la prensa nacional y de la concentración de los medios de comunicación en pocas manos.

Segundo.- YoSoy132 es un movimiento incluyente que no representa a una sola Universidad. Su representación depende únicamente de las personas que se suman a esta causa y que se articulan a través de los comités universitarios.

Boletín Informativo 1

El 18 de junio de 2012, en una conferencia de prensa de la Asamblea General, se dio lectura al primer boletín del movimiento YoSoy132 dónde se declaró entre otros puntos, el contexto histórico y los principios generales del movimiento:

Contexto histórico
El movimiento yosoy132 emerge frente a una situación nacional desastrosa marcada por una ola de violencia que se extiende por todo el territorio nacional y ante una coyuntura electoral manipulada por los medios

Principios generales
El movimiento se declara:

  • Apartidista, negando vinculo con cualquier partido político.
  • Pacífico, desaprobando de manera categórica cualquier acto de violencia.
  • De base estudiantil, se entiende con esto que el estudiantado es catalizador del cambio social.
  • Laico, desvinculándose de cualquier doctrina e institución religiosa.
  • Plural, porque los sectores sociales adherentes son parte esencial de movimiento, reconociendo un vinculo compartido de solidaridad y unidad en lucha con otros movimientos, sin que esto signifique que el movimiento los sustituya.
  • De carácter social, ya que nuestras acciones inciden directamente en las formas de relación entre individuo encaminadas a la construcción activa del bienestar común.
  • De carácter político, de tal forma que se interesa en los asuntos públicos y pretende desarrollar la participación. ciudadana sin limitar esta a la llamada clase política, que pretende ser la única intérprete de los asuntos públicos del país.
  • Humanista, entendiendo que se busca revalorizar y desarrollar todas las capacidades humanas y la redefinición del carácter ético.
  • Autónomo, porque respeta y valora las decisiones de cada asamblea que lo integra sin que exista otra forma de participación en el movimiento.
  • De carácter permanente, puesto que nuestro fines trascienden la coyuntura electoral.
  • Anti-neoliberaral, porque busca erradicar este injusto sistema económico, político y social.