Ley Federal de Acceso a la Información

Ley Federal de Acceso a la Información.#ICONOPeriodismo. En pasados días nos hemos reunido un raquítico grupo del Colegio de Periodistas de la entidad para saber más sobre dos temas claves : La Ley de Acceso a la Información y también la Ley de Protección de Datos personales… aquí los referentes

#AlvaroLópezTostado #EdicionesICONO. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos Constitucionales Autónomos o con autonomía legal y cualquier otra entidad federal. Entre los objetivos de la misma se encuentra el de promover la transparencia de la gestión pública mediante la difusión de información que generan los sujetos obligados; garantizar la protección de los datos personales en posesión de dichos sujetos; favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, así como manejar la organización, clasificación y manejo de los documentos.

Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002, entrando en vigor el día siguiente de su publicación y contempla, entre sus principales aspectos, la forma de mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos; las excepciones al principio de publicidad; el periodo de reserva; el ámbito de aplicación; la publicidad de información sin que medie solicitud ; el costo de la información; el período de resolución a una solicitud; el recurso de revisión; el control judicial; las responsabilidades y sanciones.

Acceso a Información
#EntreloPúblicoyPrivado

En esta materia, también se creó el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, como un órgano de la Administración Pública Federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, cuyo objetivo es promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información; resolver la negativa a las solicitudes de acceso a la información y proteger los datos personales en posesión de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. También se hizo referencia a la emisión del Código de Ética para la Administración Pública Federal, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio del año 2002.

Este Código tiene como propósito la difusión de reglas claras para que, en la actuación de los servidores públicos, impere invariablemente una conducta digna. Por otra parte, la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal, emitió el «Reporte a la Sociedad. Primeras Acciones en materia de transparencia y combate a la corrupción en la Administración Pública Federal.» Este reporte presenta a la ciudadanía la información respecto de las acciones llevadas a cabo por la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y diez entidades paraestatales, durante el primer año de funciones de la Comisión, a través de los compromisos establecidos por ellas en sus respectivos Programas Operativos para la Transparencia y el Combate a la Corrupción. El documento de referencia está disponible en la siguiente página de Internet

www.QIQgramaanticorrupcion.90b.mx

Ley Federal de protección de Datos
#CátedrasdePeriodismo.

Marco jurídico de la protección de datos personales en las empresas de servicios establecidas en México: desafíos y cumplimiento.

El desarrollo tecnológico y la economía digital, han traído entre muchas otras consecuencias, resaltar la importancia de la información en todos los sectores. Las empresas no están exentas del valor agregado que pueden dar los datos personales que forman parte de sus activos, por lo que su debido tratamiento, se ha vuelto un tema relevante en los últimos años. Factores como el uso indebido de la información o la vulneración de medidas de seguridad de la misma, ponen en riesgo la reputación de las empresas, y las podrían hacer acreedoras de sanciones, por lo que resulta necesario estudiar el tema desde una perspectiva regulatoria, que incluya: legislación, normas sectoriales y buenas prácticas.

En este sentido, las normas en el contexto nacional han contribuido a la construcción del derecho de protección de datos personales, y por ende a las obligaciones directas para el sector privado y empresas públicas, que, como parte de sus procesos, traten información.

En las siguientes líneas, el lector encontrará un análisis sobre los antecedentes del derecho de protección de datos personales, el valor económico y social de la información, el marco jurídico en materia de protección de datos personales en posesión de las empresas de servicios establecidas en México, un análisis del concepto y principios de interpretación de este derecho, y los desafíos y propuestas para implementar el cumplimiento de la Ley.

#InformaciónPública
#ProteccióndeDatos

En la sociedad de la información y el conocimiento, el manejo e intercambio de datos se ha convertido en una práctica habitual para las empresas de servicios. El uso de las tecnologías de la información y comunicación están presentes en casi todos los procesos, lo cual ha optimizado sus recursos. Sin embargo, también han propiciado una serie de desafíos en torno a la seguridad de la información, la protección de los datos personales y el cumplimiento de la regulación en la materia.

Los datos personales, en posesión de las empresas, abarcan dos vertientes: por un lado, la responsabilidad de guardar confidencialidad de los datos personales a su cargo, así como solicitar el consentimiento de los titulares, en caso de envío o cesión de información; por otro lado, el derecho que tienen los titulares de datos personales, para ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales (derechos ARCO).

Derivado de lo anterior, un tema recurrente que se plantea a los operadores jurídicos es el relativo al cumplimiento de la regulación en materia de protección de datos personales en posesión de las empresas. Esto atendiendo, en primer lugar, a un marco jurídico nacional que impone deberes y obligaciones en el tratamiento de datos personales y, por otro lado, el desarrollo tecnológico, que permite recabar, procesar, tratar, transmitir o remitir grandes cúmulos de información, en tiempo real y a través de técnicas de fácil acceso.

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-21472018000100267

Valor económico y social de los datos personales. 

  • Marco jurídico del derecho de la protección de datos personales en México
  • Concepto y principios de interpretación del derecho de protección de datos personales
  • Desafíos y cumplimiento de la regulación en materia de datos personales en las empresas en México
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
  • Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
  • Ley General de Protección de Datos en Posesión de Sujetos Obligados

El derecho a la no injerencia en la vida privada de las personas es un derecho humano reconocido desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Sin embargo, en el caso de México, el reconocimiento expreso del régimen de protección de datos personales en posesión de las empresas se hizo hasta 2010, lo cual ha propiciado un desfase de la regulación en la materia, en contraste con otros países.

Los datos personales tienen un alto valor económico y social. En su protección se encuentra una oportunidad para generar confianza entre los clientes y usuarios de servicios, para así consolidar los modelos de negocio.

saludos cordiales desde http://CirculodeJalisco.WordPress.com/

Carmen Aristegui, el eje del periodismo

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui señaló este viernes 13 de Marzo de 2015 la importancia del derecho de la sociedad a saber y el trabajo de los colaboradores despedidos de la Unidad de Investigación de Noticias MVS, dado que se estaban realizando un reportaje sobre dos temas relacionados con conflictos de interés y derechos humanos en México: la casa de Luis Videgaray y el caso Tlatlaya.

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

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Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

Carmen Aristegui 2015

Bienvenidos a nuestras FANPAGES

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Cese de Aristegui 2015

Censuras y presiones…

Hoy la apertura hacia la libertad de expresión se regula mediante esquemas diferentes a los tradicionales que ejerció BUCARELI en el tiempo de la egemonía PRIÍSTA… hoy los esquemas se manifiestan en formas diferentes y la autocensura emana del interior de los mismos medios…

Acceso a entrevista de Carmen Aristegui por parte de Ramón A. Garza